No todos los beneficiarios de alguna pensión de jubilación en España reciben dicha pensión en la misma fecha, ya que depende del banco en el que esté domiciliada. Para las pensiones del mes de mayo no habrá excepciones.
La Seguridad Social informa de que la elección de ese banco debe hacerse de forma simultánea a la solicitud de la pensión y que el pago de estas pensiones debe hacerse el primer día hábil del mes y en ningún caso más tarde del cuarto día natural.
A pesar de estas premisas del organismo, los bancos suelen abonar de forma adelantada las pensiones en las cuentas de los pensionistas. Es una práctica que se realizaba antes de la pandemia, se potenció en los meses de confinamiento estricto y parece que ha venido para quedarse definitivamente. En cada banco, eso sí, se procede de una forma concreta.
CaixaBank.- El banco con sede en Valencia abonará las pensiones el día 24 de mayo.
Bankia.- Como consecuencia de la fusión con CaixaBank, adopta su mismo día de pago de pensiones: el 24 de mayo.
BBVA.- Este banco abona las pensiones a sus clientes el 25 de mayo.
Santander.- La entidad suele abonar las pensiones en torno al 24 de cada mes.
ING.- Este banco se decanta por el 25 de mayo como fecha de pago de las pensiones.
Unicaja.- El banco malagueño tiene previsto abonar las pensiones el 24 de mayo.
Cajamar.- Este banco da la opción a sus clientes de recibir la pensión el día 25 de mayo siempre que lo hayan solicitado antes (se puede hacer para 12 mensualidades).
Ibercaja.- La caja de ahorros aragonesa realizará el pago de la pensión el 25 de mayo.
Caja de Ingenieros.- La entidad catalana estima que el pago de las pensiones entre el 22 y el 23 de mayo.
¿Cuál es la cuantía de las pensiones?
El importe de las pensiones depende del tipo de pensión (contributiva o no contributiva, de viudedad, jubilación, incapacidad temporal...) y las circunstancias personas de cada persona. La Seguridad Social recoge toda la información sobre los baremos de cálculo de las pensiones y, de cara a los futuros pensionistas, también tiene una calculadora que permite aproximarse a la pensión que tendrán cuando se jubilen.
En todo caso, el Gobierno fijó unas cuantías mínimas y máximas en el Decreto-Ley 46/2021, de 26 de enero mediante el que se aprobó la revalorización de las pensiones. Las cuantías máximas son de 2.707,49 euros. Las cuantías mínimas son las que aparecen a continuación.
Pensiones de jubilación
- La cuantía mínima de las pensiones para menores de 65 años es de 797,90 euros al mes con cónyuge a cargo, de 609,60 euros con cónyuge no a cargo y de 645,30 para personas sin cónyuges.
- La cuantía mínima para personas de 65 o más años es de 851 euros con cónyuge a cargo, 654,60 euros con cónyuges no a cargo y de 689,70 euros para personas sin cónyuges. Para procedentes de incapacidad temporal de gran invalidez sube a 1.276,50 euros, 981,90 euros y 1.034,60 euros al mes, respectivamente.
Pensiones de incapacidad permanente
- La cuantía mínima para gran invalidez es de 1.276,50 euros al mes con cónyuge a cargo, de 981,90 con cónyuge no a cargo y de 1.034,60 euros al mes sin cónyuge.
- La cuantía mínima para incapacidad absoluta y total en mayores de 65 es de 851 euros al mes con cónyuge a cargo, de 654,60 con cónyuge no a cargo y de 689,70 euros sin cónyuge. Para personas de entre 60 y 64 años es de 797,90 euros, 609,90 euros y 645,30 euros al mes, respectivamente. Las derivadas de enfermedad común y en menores de 60 años son de 508,50 euros, 504 euros y 508,50 euros, respectivamente.
- La cuantía mínima de las pensiones por incapacidad parcial para mayores de 65 del régimen de accidentes de trabajo es de 851 euros al mes para personas con cónyuges a cargo, de 654,60 euros con cónyuges no a cargo y de 689,70 para personas sin cónyuge.
Pensiones de viudedad
- La cuantía mínima para las personas menores de 60 años es de 522,50 euros al mes.
- La cuantía mínima para las personas de entre 60 y 64 años es de 645,30 euros al mes.
- La cuantía mínima para las personas con 65 años o más o discapacidad de al menos un 65% es de 689,70 euros al mes.
-La cuantía mínima para personas con cargas familiares es de 797,91 euros al mes.
Pensiones por orfandad
La cuantía mínima es de 210,80 euros al mes, aunque en casos de menores de 18 años y con discapacidad de al menos el 65% será de 414,70 euros al mes.
Pensión en favor de familiares
La cuantía mínima es de 210,80 euros al mes, pero en los casos de no existencia de viudo o huérfano pensionistas, así como para un solo beneficiario de 65 años o más es de 509,40 euros al mes (480,10 euros al mes para menores de 65 años).