sábado, 2 de enero de 2021

Los patinetes eléctricos no podrán circular por aceras ni zonas peatonales desde hoy

Los patinetes eléctricos no podrán circular por aceras y zonas peatonales ni superar los 25 kilómetros por hora de velocidad a partir de hoy sábado y, además, deberán cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos.

Mientras, habrá que esperar al 12 de mayo para que entren en vigor las modificaciones a la velocidad en las ciudades: 50 kilómetros por hora en vías de dos o más carriles, 30 kilómetros por hora en las de un único carril por sentido de circulación, y 20 kilómetros por hora en las que dispongan de plataforma única de calzada.

Porque aunque esta modificación de los límites ya ha sido publicada en forma de real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Ministerio del Interior ha querido dar un tiempo a los ayuntamientos para que adapten su señalización y sus vías a los cambios.

También tendrán que adaptar sus ordenanzas a la irrupción en las calzadas urbanas de los vehículos de movilidad personal (VMP) y habilitar, si así lo estiman oportuno, zonas de aparcamiento para estos medios de transporte (patinetes y sabway).

A partir de hoy sábado todo aquel que circule en patinete eléctrico tendrá que cumplir las normas de tráfico como cualquier otro conductor e, incluso, podrá ser sometido a la prueba de alcoholemia. No obstante, queda pendiente de acordar la necesidad o no de un seguro obligatorio para estos vehículos de movilidad personal (VMP).

En cualquier caso, serán las policías municipales las que se encarguen de la vigilancia y control y las que, con sus ayuntamientos, establezcan las prioridades a la hora de sancionar unas conductas u otras.

Nuevas formas de movilidad

La regulación del patinete forma parte de un paquete de reformas legales, aprobado por el Gobierno el pasado 10 de noviembre, cuyo objetivo es generar un nuevo modelo de seguridad vial que permita rebajar en un 50 por ciento los fallecidos y los heridos graves durante la próxima década.

Bajo el mandato de Pere Navarro, la DGT ha diseñado también ese paquete de medidas para dar respuesta a las nuevas formas de movilidad, sobre todo urbana, y para frenar la siniestralidad que está creciendo entre los usuarios más vulnerables -motoristas, ciclistas y peatones-, que representan ya casi el 50 por ciento de todos los fallecidos de tráfico.

Aunque si se tiene en cuenta la siniestralidad vial solo en el ámbito urbano, ese porcentaje alcanza el 80 por ciento, como bien recuerda el real decreto que modifica los reglamentos generales de Circulación y de Vehículos.

Por eso, Interior ha decidido rebajar los límites de la velocidad en las calles de las ciudades. Una modificación que, según resalta el real decreto, «garantiza al mismo tiempo la fluidez de los desplazamientos realizados en las grandes avenidas de la ciudad, así como la reducción del impacto negativo en la calidad del aire».

Además, según diversos estudios, el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello se reduce como mínimo cinco veces si la velocidad del vehículo que impacta es de 30 kilómetros por hora respecto a uno que circule a 50 kilómetros por hora.

Consciente de que el carné por puntos, vigente desde 2006, ha cumplido más que de sobra los objetivos por los que fue aprobado, Tráfico cree que ha llegado el momento de su reforma, aunque esa modificación, ya anunciada y diseñada, no ha entrado aún en el Parlamento.

Probablemente llegue al Congreso en el nuevo periodo de sesiones para que pueda aprobarse cuanto antes, como es el deseo de la DGT.

Tráfico propone que se aumente de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando el móvil con la mano, aunque quiere que la multa se mantenga en 200 euros.

Pretende además elevar de 3 a 4 los puntos que se restan por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección, así como sancionar el mal uso de estos elementos, como llevar mal puesto el casco o el cinturón sin abrochar.

Y si prospera la propuesta, llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros aunque se desactiven será considerado una infracción grave multada con 500 euros y la pérdida de 3 puntos.

Otra de las medidas previstas es que los turismos y motocicletas no podrán rebasar en 20 kilómetros por hora los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.

Respecto a la recuperación de puntos, Tráfico plantea recuperar dos por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT, además de unificar en dos años el plazo sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial, independientemente de la gravedad de la infracción cometida.