Nombres con connotaciones negativas
Están terminantemente prohibidos en España aquellos nombres que tengan algún tipo de connotación negativa y atenten de alguna manera la dignidad del menor. En España no es posible llamar a un bebé Osama Bin Laden, Hitler, Judas o Caín.
Tampoco está permitido elegir nombres de personajes conocidos, como Stalin, así como utilizar los apellidos como nombre. Por lo tanto, un bebé no puede llamarse Jordan, Spielberg o Mercury.
Frutas
La normativa establece que no se pueden poner nombres de frutas: limón, pomelo, pera, manzana…
Marcas comerciales
También hay que evitar el nombre de marcas comerciales, como Nutella, Chanel o Colgate.
Acrónimos
La legislación vigente es muy clara al respecto: no están permitidos los acrónimos como nombre. Por ejemplo, si los padres se llaman Carmen y Daniel, quizá les parezca buena idea llamar a su hijo "Cardan", pero no es posible.
Nombres simples
Según el artículo 192 del Reglamento del Registro Civil: «No se podrán imponer más de dos nombres simples o de uno compuesto. Cuando se impongan dos simples, estos se unirán por un guion y ambos se escribirán con mayúscula inicial». Por lo tanto, una niña se puede llamar María Rosa o Ana Isabel, pero no puede llamarse Ana María Rosa.
Nombres entre hermanos
Por su parte, el artículo 51 de la Ley del Registro Civil es claro. «No puede imponerse al nacido el mismo nombre que ostente uno de sus hermanos, a no ser que hubiera fallecido, así como tampoco su traducción usual a otra lengua». Esto quiere decir que dos hermanos no pueden llamarse igual.
Por último, los nombres que han sido tendencia en 2022:
Niño: Adrián, Enzo, Daniel, Hugo, Izan, Marco, Mario, Joel, Leo, Lucas, Oliver, Nicolás, Samuel y Thiago.
Niña: Aitana, Abril, Alma, Chloe, Daniela, Carla, Martina, Noa, Sofía, Valentina, Vera, Vega y Greta.